MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
El monto de las indemnizaciones a que se refiere el Art. 7 del presente decreto, será determinado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, según los criterios definidos y aprobados por la Comisión Honoraria Nacional del Plan Citrícola con un mínimo de 6 votos afirmativos.Ayuda