Fecha de Publicación: 03/02/1999
Página: 729-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 05/02/1999.

Artículo 14

A la Asesoría de Política Aeronáutica y Asuntos Internacionales
compete:
a) asesorar al Director Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica en materia política aeronáutica, otorgamiento de concesiones
y autorizaciones para servicios de transporte aéreo y en las relaciones
internacionales con otros Estados y Organismos Internacionales.-
b) dirigir y supervisar a las reparticiones dependientes.-
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