Fecha de Publicación: 02/03/2017
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Artículo 9

   Toda compensación que perciba un funcionario por el desempeño de determinadas tareas, se perderá cuando se produzca el traslado del mismo, a excepción de la Compensación Funciones Asignadas para la cual se aplica lo establecido en el artículo 7° literal l. 
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