Decreto 211/986
Se dicta el reglamento orgánico funcional de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Ministerio del Interior.
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Defensa Nacional.
Ministerio de Educación y Cultura.
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Ministerio de Industria y Energía.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio de Salud Pública.
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Ministerio de Turismo.
Montevideo, 18 de abril de 1986.
Visto: la necesidad de dictar el reglamento orgánico funcional de la
Comisión Nacional del Servicio Civil.
Atento: a lo establecido en el numeral 4º del artículo 168 de la
Constitución de la República y a lo dispuesto por la ley 15.757 de 15 de
julio de 1985,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
I. Integración
Artículo 1
La Comisión Nacional del Servicio Civil se integrará con cuatro
miembros titulares y sus respectivos suplentes, que tendrán reconocida
competencia en la meteria, y con el Director de la Oficina Nacional del
Servicio Civil quien la presidirá.
SANGUINETTI.- ANTONIO MARCHESANO.- ENRIQUE V. IGLESIAS.- RICARDO ZERBINO
CAVAJANI.- JUAN VICENTE CHIARINO.- ADELA RETA.- JORGE SANGUINETTI.- JORGE
PRESNO HARAN.- HUGO FERNANDEZ FAINGOLD.- RAUL UGARTE ARTOLA.- PEDRO BONINO GARMENDIA.- ALFREDO SILVERA LIMA.