Fecha de Publicación: 04/07/1986
Página: 24-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

   La Secretaría de la Comisión estará a cargo de un Secretario Letrado y
de un Prosecretario, que la secundarán en sus funciones.

                            II. Competencia
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