Fecha de Publicación: 27/07/2010
Página: 171-A
Carilla: 5

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 29

 En el caso de que en los servicios de transporte de valores se contraten
policías al amparo del artículo 222 de la ley 13318 de fecha 28 de
Diciembre 1964, podrán utilizar el armamento orgánico proporcionado por la
Unidad Ejecutora donde éste presta servicios.
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