Fecha de Publicación: 27/07/2010
Página: 171-A
Carilla: 5

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 7

 Las formas en que se realiza el transporte de valores según los montos
transportables se categorizaran de la siguiente manera:
PARA MONTOS HASTA 250.000 U.R.
-     Monto Transportable: Hasta 250.000 U.R.
-     Características: Vehículo blindado Tipo B.
-     Zona autorizada: Todo el territorio nacional.
-     Dotación blindado: Chofer, 1 (un) portavalores, y 3 (tres)
      custodias. Toda la dotación portando arma corta (calibre 38 o 9 mm),
      y a su vez los tres custodias mencionados armados con arma larga
      tipo escopeta calibre 12/70, todos con chalecos antibalas.
-     Medidas de seguridad electrónicas y comunicaciones del vehículo
      blindado:
-     Comunicaciones blindado: Equipo de comunicaciones que le permita
      mantenerse en enlace con el vehículo blindado, y con un local de la
      Institución en el que haya un servicio de escucha permanente durante
      todo el tiempo en que se efectúe el traslado, debiendo poseer dicho
      local enlace con la Jefatura de Policía correspondiente.
-     Sistema de Posicionamiento Global (G.P.S.): Equipamiento de
      seguimiento del vehículo blindado que garantice su ubicación en
      forma permanente con una distancia más/menos 10 metros, monitoreado
      desde la mesa de operaciones del operador de la seguridad privada.
-     C.C.T.V.: Cámara que permita observar la operativa en el lugar de la
      remesa (banco, casa de cambio, ATM, etc.), monitoreado, desde la
      mesa de operaciones del operador de la seguridad privada.

PARA MONTOS DESDE 250.000 U.R. A 620.000 U.R.
-     Monto Transportable: desde 250.000 U.R. hasta 620.000 U.R
-     Características: Vehículo blindado Tipo A.
-     Zona autorizada: Todo el territorio nacional.
-     Dotación blindado: Chofer, 1 (un) portavalores, y 4 (cuatro)
      custodias, toda la dotación armada con arma corta autorizada
      (calibre 38 o 9 mm.), además los cuatro custodias mencionados con
      arma larga tipo  escopeta calibre 12/70.
-     Medidas de seguridad electrónicas y comunicaciones del vehículo
      blindado:
-     Comunicaciones blindado: Equipo de comunicaciones que le permita
      mantenerse en enlace con el camión blindado, y con un local de la
      Institución en el que haya un servicio de escucha permanente durante
      todo el tiempo en que se efectúe el traslado, debiendo poseer dicho
      local enlace con la Jefatura de Policía correspondiente.
-     Sistema de Posicionamiento Global (G.P.S.): Equipamiento de
      seguimiento del vehículo blindado que garantice su ubicación en
      forma permanente con una distancia más/menos 10 metros, monitoreado
      desde la mesa de operaciones del operador de la seguridad privada.
-     C.C.T.V.: Cámara que permita observar la operativa en el lugar de la
      remesa (banco, casa de cambio, ATM, etc.), monitoreado desde la mesa
      de operaciones del operador de la seguridad privada.

PARA MONTOS SUPERIORES A 620.000 U.R.
Las empresas Transportadoras de Valores y los demás Operadores de la
Seguridad Privada que realicen transporte de valores por más de 620.000
U.R., deben solicitar por escrito con una antelación de 10 días hábiles al
organismo técnico (RE.NA.EM.SE.) el respectivo asesoramiento para realizar
el mismo, siendo éste quien establecerá las medidas de seguridad a ser
adoptadas en cada caso.
Cuando el traslado de valores se realice fuera de la ciudad de Montevideo,
la solicitud de asesoramiento debe ser presentada ante el Oficial de
Enlace del RE.NA.EM.SE de la Jefatura de Policía Departamental. Este,
conjuntamente con el Estado Mayor de la Jefatura de Policía respectiva,
deben elevar al organismo técnico (RE.NA.EM.SE.) para su homologación el
plan de seguridad a ser implementado en un plazo no mayor a 5 días
hábiles; estando a lo que éste disponga.

DE LAS HABILITACIONES Y EXIGENCIAS PARA LOS VEHICULOS BLINDADOS
Ayuda