Fecha de Publicación: 03/02/1999
Página: 741-A
Carilla: 23

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 33

El Reglamento de Operación del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica
especificará, entre otros aspectos, el sistema de mediciones y de
comunicaciones para el buen funcionamiento del mercado, y definirá la
forma en que los agentes se harán responsables por la instalación de los
equipos en los puntos de entrada y de retiro de energía del sistema.
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