MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Se podrá realizar una o varias de las actividades de la industria eléctrica. En este último caso deberá presentarse resultados económicos de gestión separados para cada una de las actividades de generación, trasmisión y distribución, según las normas que al efecto impartirá el Poder Ejecutivo. Capítulo 2. DefinicionesAyuda