Fecha de Publicación: 03/02/1999
Página: 741-A
Carilla: 23

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 97

 El mantenimiento mayor de las unidades generadoras y equipos de
trasmisión del sistema eléctrico será coordinado por la Administración
del Mercado Eléctrico de acuerdo con el procedimiento señalado en el
Reglamento de Operación del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica.
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