Fecha de Publicación: 10/07/2012
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 12

 Durante el período en que alguno de los integrantes de un emprendimiento
asociativo perciba subsidio por enfermedad, el emprendimiento debe seguir
tributando sobre la base de los socios que se mantienen activos, en tanto
no proceda la declaración de inactividad de oficio o a pedido del
contribuyente.
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