(Gastos de tramitación). Todos los gastos que insuman la tramitación y evaluación de las solicitudes de reconocimiento incluyendo los asesoramientos o peritajes que se requieran, serán de cargo del Ministerio que inicie la gestión. Dicho Ministerio deberá acreditar ante el Ministerio de Educación y Cultura el pago de los gastos de asesoramiento en forma previa a la resolución final.
CAPITULO III
De los títulos profesionales