Fecha de Publicación: 27/07/2018
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 20

   El Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa Nacional, contarán con un plazo de 18 meses desde la entrada en vigencia de este Decreto para presentar ante el Ministerio de Educación y Cultura, los planes de estudio de las carreras que actualmente son dictadas y cuyos títulos son registrados en el Registro de Títulos y Diplomas del Sector Terciario Público del Ministerio de Educación y Cultura. Dicha presentación deberá realizarse para su reconocimiento teniendo en cuenta los requisitos establecidos en el presente Decreto.
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