Fecha de Publicación: 06/08/2014
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 64

 La Resolución definitiva será adoptada por el Jerarca máximo del Inciso.
De la Resolución que recaiga en el sumario, el Área de Gestión Humana o
quien haga sus veces, notificará personalmente a quienes corresponda,
siguiéndose el procedimiento previsto en los artículos 91 y siguientes del
Decreto 500/991, en lo que fueren aplicables y será responsable de librar
las correspondientes comunicaciones al Registro General de Sumarios
Administrativos de la Oficina nacional del Servicio Civil en un plazo de
10 días
La resolución admitirá los recursos comunes a los actos administrativos.
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