MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
(Opción entre asignaciones). La opción dispuesta por el artículo 10º de la ley deberá formularse por escrito ante la Dirección de las
Asignaciones Familiares o unidades de su dependencia y será irrevocable
por un plazo de dos años contados desde la fecha de comparecencia.
III SUBSIDIO POR MATERNIDAD
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