Fecha de Publicación: 13/07/2004
Página: 44-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

 Deróganse los artículos 3º, 4º y 5º del Decreto Nº 345/992, de 20 de 
julio de 1992, el primero de ellos en la redacción dada por el artículo 
2º del Decreto Nº 224/994, de 19 de mayo de 1994, los que a todos sus 
efectos quedarán sustituidos por el Plan de Obras aprobado en el artículo 
anterior, según el siguiente detalle de los grupos de obras. 
I.     El primer grupo de obras tiene como objetivo principales: 
       reestablecer, en lo posible, la tendencia natural del escurrimiento
       del sistema (SW-NE), mejorar la capacidad de conducción del
       escurrimiento y evitar, hasta cierto rango, el vertimiento de agua
       de la Laguna Negra en la playa de La Coronilla.
Este grupo se divide en dos subgrupos de obras: A y B 
II.    El subgrupo 1-A incluye las obras: 
       -Obra de Derivación controlada de caudales desde margen izquierda
       del canal Nº 2 por la Cañada Agosto Cabrera, con obras
       complementarias de conducción, paso y defensa. 
       -Obra de Derivación controlada de caudales desde margen izquierda
       del canal Nº 2 por la cañada La Perra, con obras complementarias de
       conducción, paso y defensa. 
       -Badén protegido para descarga de excedentes sobre el camino a 
       Barrancas en la zona baja próxima al puente sobre el Canal Nº 2 y 
       reacondicionamiento del puente. 
       -Reacondicionamiento de las nacientes del río San Luis desde el fin
       del Canal Nº 1 hasta Paso Barrancas.
       -Reacondicionamiento de obras particulares (terraplenes) en
       padrones Nºs 40400 a 40402 y 2091.
       -Limpieza del canal Pelotas entre la Ruta 15 y su finalización en 
       proximidades de la Laguna Merín. 
       -Acondicionamiento de la vía de escurrimiento principal del Estero
       Pelotas, entre su nacimiento y la Ruta 15, incluyendo el aumento de
       las luces de paso de la Ruta 15. 
III.   El subgrupo 1-b incluye las obras: 
       -Obra de Derivación controlada de caudales desde margen izquierda
       del canal Nº 2 por el Estero Punta Negra, con obras complementarias
       de conducción, paso y defensa. 
       -Obra de Derivación controlada de caudales desde margen izquierda
       del canal Nº 2 por la Cañada Grande, con obras complementarias de
       conducción, paso y defensa. 
       -Obra de Derivación controlada de caudales desde margen izquierda
       del canal Nº 2 por el Arroyo averías, con obras complementarias de
       conducción, paso y defensa. 
       -Obras de la Laguna Negra, incluyendo el canal Corral de Palmas y
       compuertas Este y Oeste. 
       -Presa vertedero canal N12 en Averías. 
       -Construcción y/o reacondicionamiento de terraplenes de defensa de
       Barrancas y San Luis al Medio. 
IV.    El segundo grupo de obras tiene como objetivo aumentar la capacidad
       de almacenamiento y de regulación de crecidas de la cuenca y con
       ese fin incluye el embalse de regulación de caudales en Paso del
       Alamo. 
V.     El tercer grupo de obras tiene el mismo objetivo del segundo grupo
       y consta del embalse de regulación de caudales en Sauce Caído. 
VI.    El cuarto grupo de obras tiene como objetivo regular el área 
       normalmente afectada por los desbordes del río Cebollatí y tiene
       dos subvariantes: CM (con muro) y SM (sin muro). 
La subvariante CM contiene las siguientes obras: el terraplén de cierre 
principal en Paso Averías (Río Cebollatí), con vertedero lateral y el 
terraplén de defensa secundario (Río Cebollatí) para protección zona 
estero Pelotas. La subvariante SM consta de las siguientes obras: un 
partidor de caudales en la conjunción Eº Pelotas - Aº Quebracho, la unión
de los canales Nº 1 y Nº 2 y el redimensionamiento de la vía de 
escurrimiento, Desborde Río Cebollatí - Aº Quebracho -Canal Nº 1. 
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