Fecha de Publicación: 13/07/2004
Página: 44-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 6

 La realización de los estudios previos y la ejecución del Plan de Obras 
estará supeditada a las disponibilidad de crédito presupuestal y 
financieras de la Dirección Nacional de Hidrografía. 
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