Fecha de Publicación: 16/02/2017
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 11

   El Banco de Previsión Social concederá a los funcionarios de enfermería que cumplan la función de Vacunadores, una compensación equivalente a la diferencia entre el grado que ocupan y el siguiente, por el tiempo que efectúan esta función.
Ayuda