Fecha de Publicación: 11/07/1995
Página: 36-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 3

Fíjanse las asignaciones trimestrales para gastos de etiqueta a que
tendrán derecho los Cónsules Generales mencionados a continuación o
quiénes desempeñen funciones de Encargdo General en caso de acefalía y en
aplicación de la siguiente escala:
   $ 1.30 para los Cónsules Generales en Buenos Aires, Córdoba, Rosario,
Los Angeles, Nueva York, Porto Alegre, Río de Janeiro, San Pablo, Belo
Horizonte, Caracas y Miami.
   $ 1.20 para los Cónsules Generales en Barcelona, Génova, Hamburgo,
Marsella, y Rotterdam.
   $ 1.10 para el Cónsul General en Hong Kong.
   $ 0.95 para los Cónsules Generales en Sudáfrica, Sydney y Santa Cruz
de la Sierra.
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