MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 25/02/2008, 30/11/2007.
Fíjase para las operaciones de exportación registradas a partir del 1º de octubre de 2007, las tasas de devolución de tributos que en cada caso se indican, a las exportaciones de los productos que constan en el Anexo I, que forma parte de este Decreto.Ayuda