CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 07/04/2022.
Ambito subjetivo.- El acceso a la información pública es un derecho de todas las personas físicas o jurídicas conforme a las normas constitucionales y legales vigentes, el que se regirá por los principios consagrados en el Capítulo II. CAPITULO II - Principios vinculados con el acceso a la información públicaAyuda