Contenido del informe sobre información clasificada como reservada.- El
informe sobre la información clasificada como reservada de acuerdo con lo
establecido en el artículo 7° inciso 2° de la Ley que se reglamenta,
deberá contener:
a. Identificación del sujeto obligado.
b. Identificación del jerarca del sujeto obligado al momento de la
presentación del informe.
c. Indicación del período que comprende el informe que se presenta.
d. Listado de la información que hubiere sido clasificada como
reservada con indicación de fecha y número de la resolución que le
estableció tal carácter.
TITULO V - DE LA IMPLEMENTACION DE LOS SITIOS WEB
CAPITULO I - Difusión de la Información Pública