Fecha de Publicación: 10/08/2010
Página: 298-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 07/04/2022.

Artículo 57

 Obligaciones del funcionario responsable de entregar la información.- El
funcionario responsable de entregar la información tendrá las siguientes
obligaciones:
a.     Atender y responder a las solicitudes de acceso a la información
       dentro de los plazos que establece la Ley que se reglamenta.
b.     Solicitar la información al área correspondiente.
c.     Entregar la información al solicitante. En caso que hubiere elegido
       algún soporte particular para obtener la misma, se deberá controlar
       el correspondiente pago previo a la entrega.
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