Decreto 233/998
GASTOS DE ETIQUETA. Fíjase a partir del 1º de julio de 1998, la
asignación trimestral para el cálculo de la Partida, correspondiente a
la Embajada de la República en la India, con sede en la ciudad de Nueva Delhi.
(1.988*R)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 1º de setiembre de 1998
VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo del 27 de febrero de 1996 que fija
las asignaciones trimestrales para el cálculo de las Partidas de Gastos de
Etiqueta correspondiente a las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares
de la República;
CONSIDERANDO: que es pertinente fijar la asignación trimestral para la
Embajada de la República en la India, con sede en la ciudad de Nueva
Delhi;
ATENTO: a lo establecido por el Art. 235 de la Ley 16.736 de 5 de enero
de 1996.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Fíjase a partir del 1º de julio de 1998, la asignación trimestral para el
cálculo de la Partida de Gastos de Etiqueta, correspondiente a la Embajada
de la República en la India, con sede en la ciudad de Nueva Delhi en $
1.45.