La Dirección General Impositiva controlará que los certificados
de crédito nominativo a expedirse reintegren el Impuesto al Valor
Agregado incluido en las adquisiciones de bienes y servicios, en el mismo
porcentaje con que el Organismo Internacional participa en el
financiamiento de cada adquisición, de acuerdo a lo que estipula cada
Convenio de Préstamo.-