Fecha de Publicación: 31/07/2012
Separata
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Carilla: 117

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Artículo 19

 La ANP aplicará un factor de corrección de 1,20 a las tarifas contenidas
en el Cuerpo Normativo Tarifario y a los precios públicos portuarios para
servicios prestados, vigentes al 1° de julio de 2011, expresados en
dólares de los Estados Unidos de América.
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