Fecha de Publicación: 30/05/1979
Página: 632-A
Carilla: 28

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

              Las gestiones de importación de las materias primas
señaladas en el artículo 2º del presente decreto deberán acompañarse de un
certificado de necesidad expedido por la Dirección de Industrias del
Ministerio de Industria y Energía.
Ayuda