Fecha de Publicación: 10/02/2014
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Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 6

 (Solicitud de asesoramiento para ampararse al artículo 1°: plazo). A los
efectos de ampararse a lo previsto en el artículo 1° del presente decreto,
la solicitud del asesoramiento a que refiere el artículo 4° del mismo sólo
podrá efectuarse hasta el 31 de enero de 2016.
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