Fecha de Publicación: 24/06/1986
Página: 658-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 241/986

Se reglamentan disposiciones tributarias contenidas en la ley 15.809 (Presupuesto Nacional de Recursos y Gastos).

Ministerio de Economía y Finanzas.

                                         Montevideo, 30 de abril de 1986.

   Visto: los artículos 626, 628, 630, 631, 653, 656 y 663 de la ley
15.809 de 8 de abril de 1986.

   Considerando: I) Que es necesario reglamentar las normas legales antes
citadas;

   II) Que, asimismo, es conveniente incluir algunas disposiciones que
sin referencia directa a los artículos citados es necesario reglamentar.

   Atento: a lo expuesto,

   El Presidente de la República

                                  DECRETA:

            Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio

Artículo 1

   De acuerdo a lo establecido en el literal A) del artículo 2º del 
Título 2 del Texto Ordenado 1982 se entiende por empresa toda unidad 
productiva que combina capital y trabajo para producir un resultado económico a través de la circulación de bienes o de la prestación de servicios. A estos efectos se considera que el capital y el trabajo utilizados pueden ser propios o ajenos.
   La presente disposición regirá a partir del 1º de mayo de 1986.

TARIGO.- RICARDO ZERBINO CAVAJANI.
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