CONSEJO DE MINISTROS
Exclúyese de la nómina de servicios cuyos precios quedan sujetos a regulación administrativa conforme a lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.791, de 8 de junio de 1978, a los prestados por Institutos de Enseñanza privada que dicten cursos de enseñanza preescolar, primaria y secundaria.- Derógase el Decreto Nº 170/994, de 21 de abril de 1994.-Ayuda