MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Habilitación. A tales efectos, las empresas comprendidas en el artículo 2º, deberán presentar una solicitud de habilitación que incluya todos los requisitos que la Dirección General de Servicios Agrícolas determine. Cualquier modificación de las condiciones presentadas, deberá ser previamente autorizada por dicha Dirección.Ayuda