Fecha de Publicación: 31/08/2000
Página: 367-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 16

 Denunciada ante la Dirección del Area de Defensa del Consumidor una
infracción a las disposiciones de la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de
2000, que refiera a materia cuyo control esté atribuido expresamente a
otro órgano o ente público, aquélla le remitirá la denuncia en un plazo
de setenta y dos horas de recibida.-
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