Fecha de Publicación: 31/08/2000
Página: 367-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 17

 El incumplimiento de las obligaciones previstas en este Decreto será
sancionado conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto
de 2000.-
Ayuda