PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Las decisiones dictadas por la Junta Directiva o el Director Ejecutivo del Instituto de Regulación y Control del Cannabis podrán ser impugnadas conforme lo dispuesto en los artículos 35 y 36 de la Ley N° 19.172 de 20 de diciembre de 2013. CAPÍTULO CUARTO CONTROL DE CALIDAD Y SEGURIDAD EN LA PRODUCCIÓNAyuda