Fecha de Publicación: 10/08/1999
Página: 1471-C
Carilla: 77

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 12/08/1999.
Decreto

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
   MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

                                           Montevideo, 9 de agosto de 1999

VISTO: El Decreto Nº 511/996, de 31 de diciembre de 1996, que aprobó la
Nomenclatura Común del Mercosur con su correspondiente Arancel Externo
Común y los Decretos Nos. 484/997, y 391/998, de 29 de diciembre de 1997
y 30 de diciembre de 1998 respectivamente, que fijaron las tasas globales
arancelarias aplicables al comercio intrazona y extrazona.-

RESULTANDO: que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad
delegada por el Consejo Mercado Común para modificar el Arancel Externo
Común, dictó las Resoluciones Nos. 39/998, 41/998, 18/999, 19/999 y
40/999.-

CONSIDERANDO: Que corresponde en consecuencia, recoger las modificaciones
resultantes de las referidas Resoluciones Nos. 39/998, 41/998, 18/999,
19/999 y 40/999 del Grupo Mercado Común, en cumplimiento de los
compromisos asumidos por el país en la materia.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2º de la Ley Nº
12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4º del Decreto - Ley Nº 14.629, de 5
de enero de 1977.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente
Arancel Externo Común aprobados por el artículo 1º del Decreto Nº
511/996, de 31 de diciembre de 1996 e incrementado transitoriamente en
tres puntos porcentuales por el Decreto Nº 484/997, de 29 de diciembre de
1997, de conformidad con los Anexo I, II, III y IV que forman parte del
presente Decreto.-


		
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