Fecha de Publicación: 30/06/1987
Página: 932-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 5

   Avalúo de bienes provenientes de actividades agropecuarias. Cuando los sujetos pasivos realicen a la vez actividades agropecuarias e industriales, el valor de transferencia de la actividad agropecuaria a
la industrial de los bienes producidos en la actividad agropecuaria, será
computado como venta al valor en plaza a la fecha de transferencia.
Ayuda