Fecha de Publicación: 16/08/1984
Página: 387-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Decreto 251/984

Se fijan las tarifas para los servicios que presta la Planta de Lavado y
Desinfección de Vehículos del Ministerio de Agricultura y Pesca.

Ministerio de Agricultura y Pesca

                                        Montevideo, 21 de junio de 1984

   Visto: la precedente gestión formulada por la Planta de Lavado y
Desinfección de Vehículos del Ministerio de Agricultura y Pesca, a los
fines que se indicarán.
   Resultando: I) Por decreto 55/983, de febrero de 1983 se fijaron las
tarifas para los servicios que presta la referida Planta de Lavado y
Desinfección de Vehículos;

   II) En la presente gestión, dicha Planta solicita la revisión de tales
tarifas, en la forma que indica, habida cuenta de los aumentos
experimentados en los distintos rubros que integran los costos de las
mismas;

   III) La Dirección General de Servicios Veterinarios de la citada
Secretaría de Estado elevó la mencionada gestión con informe favorable;

   IV) Se oyó a la Dirección de Administración Financiera del Ministerio 
de Agricultura y Pesca.

   Considerando: conveniente proveer en la forma aconsejada por la Planta
de Lavado y Desinfección de Vehículos, dado que se estima de recibo las
razones invocadas pra el aumento de tarifas solicitado.

   Atento: a lo que señala el Proyecto de Ley de Contabilidad y
Administración Financiera puesto en vigencia, para todos los Organismos
del Estado, a partir del 1º de enero de 1968, por el decreto 104/968, de 6
de febrero de 1968, en base a lo preceptuado por el artículo 512 de la ley
13.640, de 26 de diciembre de 1967 (Presupuesto Nacional de Sueldos,
Gastos e Inversiones).

   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Establécense las siguientes tarifas para los servicios que presta la
Planta de Lavado y Desinfección de Vehículos del Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca:

   Tarifas para vehículos transportitas de haciendas

                                                              N$
Camión sencillo chico                                         150.00
Camión semirremolque                                          200.00
Camión con zorra                                              240.00
Camión chico doble piso                                       200.00
Camión semirremolque  y zorra doble piso                      270.00
Vagón sencillo                                                120.00.
Vagón doble piso                                              130.00.

                  Para cámaras frigoríficas

Camión cámara                                                 280.00.
Camión semirremolque cámara                                   350.00.

ALVAREZ.- CARLOS MATTOS MOGLIA.
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