Fecha de Publicación: 24/05/1976
Página: 233-A
Carilla: 1

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 20

Serán cometidos de la Mesa de Trámites los siguientes:

A)   Recibir, diligenciar y tramitar los asuntos de competencia de la
     Dirección.

B)   Confeccionar las relaciones de actos públicos.

C)   Llevar los libros necesarios para documentar y registrar las
     actividades de la Dirección y los índices pertinentes.

D)   Recibir y tramitar las quejas formuladas contra los funcionarios de
     la Dirección.

E)   Otras tareas que le encomiende el Comando de la Dirección.
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