Fecha de Publicación: 24/05/1976
Página: 233-A
Carilla: 1

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 47

El Departamento de Menores, estará a cargo de un Oficial Jefe de Policía
Ejecutiva del grado de Comisario a quien secundará un Oficial Jefe del
Grado de Subcomisario de Policía Ejecutiva quienes estarán directamente
subordinados al Comando de la Dirección, secundados por el personal de
Oficiales y Subalternos que determine el mismo.
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