Fecha de Publicación: 24/05/1976
Página: 233-A
Carilla: 1

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 82

Se le impartirán consignas claras sobre su misión, haciéndole saber la
responsabilidad que tiene, ya que es la custodia y protección que brinda
nuestro Gobierno a los representantes acreditados en el País; y a sus
Sedes donde tienen instaladas sus Embajadas, Residencias, etc.
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