PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Al momento de ser comunicada de la asignación, la empresa láctea con planta industrial podrá rechazar el cupo correspondiente, en caso de saber que no hará uso del mismo, dentro de un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles a contar de dicha comunicación, sin perjuicio del procedimiento dispuesto en el artículo 14. ANTECEDENTESAyuda