Fecha de Publicación: 11/07/1996
Página: 74-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

   Fíjanse para los cigarrillos importados el precio ficto, tasa e
impuesto que se detallan a continuación a efectos de la liquidación del
Impuesto Específico Interno correspondiente al semestre julio-diciembre
de 1996:
ORIGEN                               ficto          tasa        impuesto
                                       $             %              $
Países limítrofes                    15.31          66,5          10.18
Países no limítrofes                 23.56          66,5          15.67
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