(Competencias del Comité Coordinador).- Corresponde al Comité
Coordinador, implementar y desarrollar todas las actividades de
coordinación necesarias para el efectivo cumplimiento de los cometidos
asignados a la Comisión Técnica de Protección del Medio Ambiente.
Las actividades que a tales efectos desarrolle, deberán tener
especialmente en cuenta:
a) el plan anual de actividades de la Comisión Técnica Asesora de
Protección del Medio Ambiente;
b) el carácter esencialmente interinstitucional y
multidisciplinario de la Comisión Técnica Asesora de Protección
del Medio Ambiente; y
c) la jerarquización de las actividades con los Gobiernos
Departamentales.
CAPITULO IV
De la Secretaría Permanente