PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 4
(Poder Ejecutivo) El Poder Ejecutivo se encuentra representado por:
a) El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente, quien presidirá el Consejo;
b) El Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca quien ejercerá la
vicepresidencia;
c) El Ministerio de Relaciones Exteriores;
d) El Ministerio de Trasporte y Obras Públicas.
Cada uno de los Ministerios deberá designar un delegado titular y dos
alternos.-