Fecha de Publicación: 15/08/2006
Página: 304-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Fe de erratas publicada/s: 18/08/2006.

Artículo 7

 (Comisión Asesora).- Créase en la órbita del Ministerio de Salud Pública
- Dirección General de la Salud- la "Comisión Asesora del Formulario
Terapéutico Nacional", que se integrará de la siguiente forma:
a)      Tres representantes titulares y tres alternos del Ministerio de
        Salud Pública, uno de los cuales la presidirá;
b)      Dos representantes titulares y dos alternos de las Instituciones
        de Asistencia Médica Colectiva, uno electo por las Instituciones
        con sede principal en Montevideo y otro por la Federación Médica
        del Interior.
La Comisión tendrá los siguientes cometidos y atribuciones:
a)      Revisar y actualizar anualmente el Formulario Terapéutico de
        Medicamentos, proponiendo modificaciones y asesorando al
        Ministerio de Salud Pública a los efectos de la incorporación o
        exclusión de medicamentos;                   
b)      Dictaminar preceptivamente previo a la aprobación de los
        protocolos por parte del Ministerio de Salud Pública;
c)      Asesorar al Ministerio de Salud Pública en las cuestiones Técnicas
        relacionadas con la aplicación del FTM;
Competerá al Ministerio de Salud Pública efectuar las actualizaciones de
los Anexos al presente Decreto, mediante las adiciones o supresiones que
entienda pertinentes.
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