Fecha de Publicación: 15/09/2016
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 4

   Sustitúyese el artículo 1° del Decreto N° 326/015 de 7 de diciembre de 2015, por el siguiente:

        "ARTÍCULO 1°.- Declárase promovida de acuerdo a lo dispuesto por
        el artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, la
        actividad de construcción, rehabilitación y mantenimiento del
        tramo ferroviario Algorta - Fray Bentos en el marco del "Proyecto
        ferroviario PPP Algorta - Fray Bentos"."
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