Fecha de Publicación: 17/06/2009
Página: 652-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 01/07/2009.

Artículo 15

 (Sanciones). El incumplimiento de las obligaciones previstas en los
artículos anteriores, será sancionado conforme a lo dispuesto por el
artículo 216 de la Ley Nº 16.226 de 29 de octubre de 1991 y la Ley Nº
17.250 de 11 de agosto de 2000, según corresponda.
Ayuda