MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 01/07/2009.
(Sanciones). El incumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos anteriores, será sancionado conforme a lo dispuesto por el artículo 216 de la Ley Nº 16.226 de 29 de octubre de 1991 y la Ley Nº 17.250 de 11 de agosto de 2000, según corresponda.Ayuda