Fecha de Publicación: 30/09/2019
Página: 16
Carilla: 16

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 4

   El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la entrada en vigor del Protocolo de Cooperación y Facilitación de Inversiones Intra-Mercosur de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Protocolo.
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