PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Decreto 274/021 Apruébase el Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay, correspondiente al ejercicio 2021. (2.761*R) MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 20 de Agosto de 2021 VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al ejercicio 2021. CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe favorable y el Tribunal de Cuentas su dictamen sin observaciones. ATENTO: A lo establecido en el Artículo 221 de la Constitución de la República. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay para el ejercicio 2021 de acuerdo con el siguiente detalle:
Pesos |
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I - INGRESOS |
4.653.595.333 |
II - EGRESOS |
4.648.215.919 |
Operativos |
3.969.707.194 |
Financieros |
454.155.289 |
Inversiones |
224.353.436 |
III - SUPERAVIT PRESUPUESTAL |
5.379.414 |
IV - OTROS RECURSOS |
3.090.758.691 |
V - OTROS USOS |
1.958.536.403 |
VI - RESULTADO OPERACIONES BANCARIAS |
1.132.222.288 |
VII - RESULTADO GLOBAL. |
1.137.601.702 |