La Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland
brindará a la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y a
la Contaduría General de la Nación información sobre las ventas de
combustibles a todas las dependencias de los Incisos del Presupuesto
Nacional. Dicha información será expresada en litros y en nuevos pesos,
clasificada y totalizada por tipo de combustibles y por fuente de
financiamiento.
La información será discriminada a nivel de Inciso, Programa y Unidad
Ejecutora de acuerdo a la clasificación institucional emanada de la ley
13.640 de 26 de diciembre de 1967, modificativas y concordantes, a cuyos
efectos la Contaduría General de la Nación facilitará la codificación
correspondiente.